TELEAMAZONAS VULNERÓ DERECHO CIUDADANO A RECIBIR INFORMACIÓN VERAZ Y CONTEXTUALIZADA, SE DISCULPARÁ PÚBLICAMENTE.
TELEAMAZONAS VULNERÓ DERECHO CIUDADANO A RECIBIR INFORMACIÓN VERAZ Y CONTEXTUALIZADA, SE DISCULPARÁ PÚBLICAMENTE
La SUPERCOM resolvió que Teleamazonas difundió información descontextualizada y sin verificar de la Subasta Inversa Corporativa de Medicamentos, configurando ´linchamiento mediático´. La decisión de la SUPERCOM fue conocida por el SERCOP el lunes, 8 de agosto de 2016.
La Superintendencia de la Información y Comunicación (SUPERCOM) sancionó a Teleamazonas mediante la Resolución No. 018-2016-DNJRD-INPS del 4 de agosto de 2016 y, determinó que existió linchamiento mediático con afán de desprestigiar al Servicio Nacional de Contratación Pública.
En este documento, la Institución que resguarda el cumplimiento de los derechos de la información y comunicación expuso a detalle los argumentos y pruebas presentadas por el SERCOP, que evidencian que dicho medio de comunicación vulneró el derecho de la ciudadanía a recibir información veraz, verificada, oportuna, precisa y contextualizada sobre la adquisición de medicamentos.
La sanción establece que el medio de comunicación se disculpará públicamente en un plazo máximo de 72 horas posteriores a la notificación, en el mismo tiempo, programas y secciones “tantas veces como fue difundida la información lesiva al prestigio y la credibilidad del Servicio Nacional de Contratación Pública”.
Adicionalmente, se emitió una amonestación escrita a la presentadora de “Los Desayunos de 24 Horas”, y se le previene de la obligación de corregir y mejorar sus prácticas periodísticas, se le exhorta también a abstenerse de reincidir en el cometimiento de actos que van en contra de lo estipulado en la Ley de Comunicación.
En cuanto a las pruebas presentadas por el medio de comunicación, la SUPERCOM se pronunció de la siguiente manera:
“Respecto a la carpeta presentada como prueba de descargo por parte de la defensa del medio de comunicación social denunciado y de la periodista Janet Hinostroza,…no es pertinente valorar como pruebas, elementos que no han sido debidamente legalizados o certificados por autoridades competentes que justifiquen su autenticidad: tanto más que, ninguno de los documentos tienen relación alguna con los hechos materia del presente procedimiento administrativo, ya que exclusivamente este Organismo ha versado su análisis en torno al proceso de la Subasta Inversa de Medicamentos, y no a hechos distintos como la calidad o efectividad de medicamentos que conforme se ha constatado, no forman parte del citado procedimiento de contratación pública”.
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