SOCIEDADES Y ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DEBEN PRESENTAR EL ANEXO DE ACTIVOS Y PASIVOS

SOCIEDADES Y ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DEBEN PRESENTAR EL ANEXO DE ACTIVOS Y PASIVOS

SOCIEDADES Y ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DEBEN PRESENTAR EL ANEXO DE ACTIVOS Y PASIVOS

 

El Servicio de Rentas Internas (SRI) informa que las sociedades y establecimientos permanentes, que al 01 de enero de 2017 registraron activos o pasivos en el exterior por un monto superior a los USD 500.000, deben presentar anualmente y de forma obligatoria el Anexo de Activos y Pasivos, según lo dispuesto en la resolución No. NAC-DGERCGC17-00000335 del 22 de junio de 2017.


Este anexo se lo debe presentar durante el mes de mayo de cada año, bajo el formato establecido para la Declaración Patrimonial de personas naturales, formato que se lo puede descargar aquí; sin embargo, para el año 2017 se amplió la fecha de presentación hasta septiembre, de acuerdo al siguiente calendario:

Este anexo es una herramienta que permite fortalecer los procesos de lucha contra el uso nocivo de paraísos fiscales, regímenes fiscales preferentes y otras prácticas de planificación fiscal agresiva. Detalla la información que fue preparada y registrada previamente en la declaración del Impuesto a la Renta de cada sociedad, y desagrega determinados activos y pasivos que posee el contribuyente, tanto a nivel local como en el exterior, al inicio del ejercicio fiscal.

No están obligados a presentar este anexo las instituciones y entidades del sector público, las empresas públicas reguladas por la Ley Orgánica de Empresas Públicas, las personas jurídicas con capital societario mayoritariamente público, así como patrimonios independientes o autónomos dotados o no de personería jurídica, los organismos internacionales reconocidos por el Estado ecuatoriano y sus funcionarios extranjeros debidamente acreditados en el país, las instituciones del sistema financiero nacional y las compañías de seguros y reaseguros.

La información recibida a través del anexo de activos y pasivos tiene carácter confidencial y será utilizada únicamente por el SRI en sus procesos de control, ya que permitirá identificar las prácticas elusivas que se realizan a través de estructuras comerciales, societarias o financieras en el exterior, consolidando el trabajo continuo de la Administración Tributaria de combate al uso de paraísos fiscales.

Para más información puede comunicarse al 1700 774 774 y desde Cuenca al 04 2 598-441. 

 

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