POR AUSENCIA AL PROCESO ELECTORAL 2019 EN COTOPAXI SE PAGARÁ DE ENTRE EL 10% AL 15% DEL SALARIO BÁSICO UNIFICADO. (VIDEO)
CERTIFICACIÓN ELECTORAL. Habiendo transcurrido cuatro meses del proceso electoral de Ecuador, para designar prefectos, vice prefectos, alcaldes, concejales urbanos y rurales y vocales principales de las juntas parroquiales, es decir, un total de 11 069 autoridades representadas para cada sector del país, bajo la participación equitativa, igualitaria, libre y justa de la ciudadanía.
Gavino Vargas, director del Consejo Nacional Electoral (CNE) delegación Cotopaxi, se dirige a toda la comunidad cotopaxense para aclarar la entrega de certificados de votación, multas y exoneraciones.
En la delegación provincial electoral de Cotopaxi, desde el 22 de julio de 2019, se inició oficialmente la entrega de certificados de votación, sin dejar de lado varios parámetros técnicos y legales para el cobro de multas correspondientes a las personas que no sufragaron. Vargas, explica que en algunos casos se aplicará la exoneración de la multa a aquellos ciudadanos que justifiquen su falta sea por motivos personales emergentes, salida del país, entre otros, siempre y cuando presenten documentación sustentable para la justificación de ausencia y posible exoneración. Para aquellos ciudadanos que fueron designados como parte de las juntas receptoras del voto como deber cívico, también deberán justificar su ausencia o bien pagar la multa determinada. En el caso de que la persona haya perdido el certificado de votación, deberá acercarse a la delegación provincial perteneciente sin cancelar ningún valor porque en el sistema consta el proceso electoral desarrollado por el ciudadano o ciudadana.
Este organismo de sufragio con base al código democrático constitucional manifiesta que la multa para las personas que no acudieron a sufragar es del 10% del salario básico unificado, es decir $39.40; para las personas que no participaron en la designación a las juntas receptoras del voto la multa es del 15 % del salario básico unificado, es decir de entre $59 a $60, este apartado se establece como doble falta, sea por la no sufragación y por la no asistencia a la junta receptora del voto.
Además, ejercer este procedimiento político – democrático coordinado por este organismo caracterizado como transparente en la gestión de los procesos electorales, es una obligación de todos los ciudadanos y ciudadanas del país, a excepción de las personas encasilladas en el voto facultativo (jóvenes de entre 16 a 18 años), personas con discapacidad y adultos mayores. En Cotopaxi, ponderaciones estadísticas generales indican que el 11% de los 365 000 electores legalmente registrados, se ausentaron de este procedimiento.
Económicamente se aproxima recaudar valores considerables, los mismos ingresan al presupuesto general del Estado para su respectiva distribución.
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