RESOLUCIONES DEL COE NACIONAL DEL 30 DE MARZO DE 2020

El Comité de Operaciones de Emergencias Nacional, en sesión  permanente del lunes  30 de marzo de 2020, por   unanimidad de los miembros plenos, resolvió:

  1. Una vez evaluada la situación y nivel de propagación del virus COVID-19 en el territorio nacional y acogiendo las recomendaciones  del Ministerio de Salud  Pública (MSP),  se prorroga  la  suspensión  de la jornada presencial  de trabajo para  todos  los  trabajadores  y empleados  del sector  público  y sector privado,  hasta  el 05  de  abril  de  2020,  de  conformidad  con  el artículo Nro. 6 del Decreto Ejecutivo Nro.  1017 de 16 de marzo de 2020. Esta  medida será valorada en el transcurso de la semana  para  considerar su ampliación.
  2. Mantener  la  autorización  de  llegada  al  país de todos aquellos  vuelos internacionales   con   pasajeros   que   hayan   sido   aprobados    por   el Ministerio   de  Transporte   y  Obras   Públicas  / Dirección   General   de Aviación Civil,  hasta las 23h59 del 29 marzo de 2020.  Resolución que se toma debido a la saturación de los hoteles dispuestos por las autoridades competentes   para   recibir   a    las   personas   que   llegan   al   país   de conformidad con el “Protocolo para el Ingreso al País, durante la Vigencia del Estado de Excepción, de Niños, Niñas y Adolescentes que están Fuera del País sin   sus   Padres   o  Tutores   Legales,   Mujeres   en  Estado   de Gestación,  Personas con  Discapacidades y de la  Tercera  Edad”, emitido el   3 de marzo de 2020.
  3. La  saturación  de  sitios  de alojamiento  determina  la  imposibilidad  de implementar   las   medidas  de  control   de  riesgo  epidemiológico  que di  pone el Protocolo,  en especial  el Aislamiento  Preventivo  Obligatorio (APO) por 14 días, que es indispensable  para garantizar que no ingresen nuevos casos de COVID-19 al país.
  4. Se  recuerda  que toda persona,  sin  excepción,  que  llegue  al  país  debe cumplir obligatoriamente el APO por 14 días, en el sitio designado por las autoridades de salud.  No está  permitida  la cuarentena domiciliaria,   por la  indisciplina  de  los  ciudadanos en  acatar  las  normas  de  restricción  y consecuentemente,  por  los  riesgos que ello  conlleva  para  el viajero, su familia y la sociedad en su conjunto.
  5. Tan  pronto  haya  nuevos espacios de alojamiento para  las  personas que deben cumplir con el APO, se resolverá sobre una nueva autorización de llegada al país de vuelos internacionales con pasajeros, en aplicación al protocolo.
  6. A partir  de  esta  semana,  se  publicarán  boletines  adicionales  a las infografías  e Informes de  Situación por  COVID-19,   mismos  que  se publicarán  semanalmente  y evidenciarán  cifras  respecto  a  atenciones hospitalarias, altas hospitalarias, causas de muerte a nivel nacional, entre otras. Todos estos insumos de información  responden  a  datos  oficiales generados por el Ministerio de Salud  Pública.
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