ADOLESCENTES INFRACTORES SERÁN JUZGADOS BAJO EL MISMO PROCEDIMIENTO PENAL QUE LOS  ADULTOS EN ECUADOR

La Asamblea Nacional aprobó la Ley de Integridad Pública este 24 de junio de 2025, que introduce una reforma clave en el tratamiento penal de adolescentes infractores: en casos de delitos graves, estos podrán ser juzgados bajo el mismo procedimiento penal que los adultos. La medida ha generado debate dentro y fuera del Legislativo, al modificar sustancialmente el Código de la Niñez y Adolescencia.

Claves sobre el nuevo juzgamiento a adolescentes infractores

  • Aplicación para delitos graves: Se juzgará como adultos a los adolescentes que cometan delitos como asesinato, secuestro, extorsión o sicariato.

  • Pena máxima de 15 años: Aunque se usará el procedimiento penal ordinario, la pena no podrá superar los 15 años, a diferencia de los 30 años aplicables a adultos.

  • Beneficio por colaboración: Si el menor delata al reclutador o cabecilla que lo indujo al delito, podrá reducir su pena hasta en un 50 %.

  • Cambio de centro en caso de condenas largas: Si la pena excede el tiempo permitido para el sistema de adolescentes, será trasladado a un centro para adultos al cumplir la mayoría de edad.

  • Casos de conflicto armado interno: Si el delito está relacionado con grupos armados ilegales, el cumplimiento de la pena será directamente en una cárcel común, una vez que el adolescente cumpla 18 años.

  • Separación dentro de centros penitenciarios: Se prevé que los jóvenes trasladados a cárceles para adultos permanezcan en áreas diferenciadas para evitar vulneraciones adicionales.

El oficialismo justificó la medida señalando que busca garantizar justicia para las víctimas y desincentivar el reclutamiento de menores por parte de grupos criminales. La presidenta de la Comisión de Desarrollo Económico, Valentina Centeno (ADN), sostuvo que “los derechos de las víctimas deben estar por encima de los derechos de los delincuentes”.

Tras su aprobación en la Asamblea Nacional, la Ley de Integridad Pública pasa ahora al Ejecutivo, donde el presidente Daniel Noboa podrá ejercer su derecho al veto parcial o total. Si no se presentan objeciones, la normativa será enviada al Registro Oficial para su publicación y entrada en vigencia.

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