SRI ESTABLECE NUEVAS REGLAS PARA LA ANULACIÓN DE COMPROBANTES ELECTRÓNICOS

El Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió la Resolución Nro. NAC-DGERCGC25- 00000014, que establece nuevas directrices para la anulación de facturas, comprobantes de retención y documentos complementarios electrónicos. Estas disposiciones entrarán en vigor a partir del 1 de agosto de 2025 y forman parte de las acciones que impulsa la Administración Tributaria para optimizar el control sobre las operaciones respaldadas con comprobantes electrónicos, garantizar la calidad de la información que recibe el SRI y prevenir posibles esquemas de evasión y defraudación al Estado.

Según lo establecido, a partir de esa fecha, aplican las siguientes reglas:

Según lo establecido, a partir de esa fecha, aplican las siguientes reglas:

  • Solo podrán anularse los comprobantes de venta, retención y documentos complementarios electrónicos que hayan sido emitidos con errores, o cuando la operación que motivó su emisión no se haya producido.

  • La anulación de comprobantes de venta electrónicos podrá realizarse en línea, a través del portal institucional del SRI o en el Facturador SRI (si fueron emitidos por este sistema), o mediante la emisión de una nota de crédito.

  • Los comprobantes electrónicos podrán anularse en línea hasta el día 10 del mes siguiente al de su emisión, si esa fecha coincide con un fin de semana o feriado, el plazo se extiende hasta el siguiente día hábil. Superado este plazo, solo podrán anularse con nota de crédito, dentro de un período máximo de 12 meses desde la fecha de emisión. Este mismo plazo aplica para documentos físicos.

  • Las facturas electrónicas o físicas con la leyenda “consumidor final” no podrán ser anuladas ni modificadas mediante nota de crédito, una vez transmitidas al SRI.

  • Para anular comprobantes de retención, notas de crédito o notas de débito, se requerirá la aceptación del receptor del documento, quien contará con cinco días hábiles para responder, si no se recibe respuesta en ese tiempo, la solicitud quedará sin efecto y el comprobante mantendrá su validez.

  • Todos los comprobantes electrónicos deben ser transmitidos al SRI en el momento mismo de su emisión.

  • Los comprobantes electrónicos que hayan sido utilizados como sustento para solicitudes de devolución de impuestos no podrán ser anulados.

El director general del SRI, Damián Larco, explicó que esta normativa busca fortalecer la calidad de la información tributaria a través de la facturación electrónica: “Apostamos por una gestión moderna y transparente, donde cada comprobante refleje una operación real y verificable, que son factores clave para combatir la evasión y defraudación tributaria”, afirmó.

Para conocer más detalles puede revisar la resolución Nro. NAC-DGERCGC25- 00000014 publicada en www.sri.gob.ec.

Anterior MAG REALIZA OPERATIVOS DE CONTROL DE CENTROS DE ACOPIO PARA CONTROLAR EL PRECIO DE LA LECHE
Siguiente MAG PROMUEVE ENTORNOS PROPICIOS PARA EL DESARROLLO RURAL MEDIANTE COOPERATIVAS AGRÍCOLAS

Acerca del autor

Te puede interesar

Noticias

MUJER ACUSADA DE ROBO CON ESCOPOLAMINA FUE RETENIDA Y SOMETIDA A JUSTICIA INDÍGENA EN EL SECTOR SANTA ROSA DE PICHUL

En el sector Santa Rosa de Pichul, perteneciente al cantón Latacunga, luego de que moradores retuvieran a una mujer acusada presuntamente de haber robado aproximadamente 2.500 dólares a una ciudadana

Noticias

PUJILÍ PRESENTÓ LA AGENDA OFICIAL DEL CORPUS CHRISTI 2026 CON UN LLAMADO A PRESERVAR LA IDENTIDAD Y FORTALECER LA UNIDAD

El Municipio de Pujilí realizó el lanzamiento oficial de la agenda cultural por las festividades de Corpus Christi 2026, una de las celebraciones más emblemáticas de la provincia de Cotopaxi

Noticias

MÁS DE USD 7 MILLONES DESTINADOS A COMPENSACIONES JUBILARES PARA EXFUNCIONARIOS DE LA ZONA 3

En el auditorio de la Unidad Educativa Pedro Vicente Maldonado, en el cantón Riobamba, se desarrolló una emotiva jornada de gratitud y reconocimiento durante la entrega de compensaciones jubilares a