PROYECTO DE ORDENANZA DE LA URBANIZACIÓN “SAN RAFAEL” DE LATACUNGA NO FUE APROBADA CON VOTO DIRIMENTE DEL ALCALDE.(AUDIOS).

PROYECTO DE ORDENANZA DE LA URBANIZACIÓN “SAN RAFAEL” DE LATACUNGA NO FUE APROBADA CON VOTO DIRIMENTE DEL ALCALDE.(AUDIOS).

PROYECTO DE ORDENANZA DE LA URBANIZACIÓN “SAN RAFAEL” DE LATACUNGA NO FUE APROBADA CON VOTO DIRIMENTE DEL ALCALDE.(AUDIOS).

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La Sesión Extraordinaria de Consejo, realizada el 19 de Abril de 2017 a las 09h00, sobre el Conocimiento, análisis y resolución en PRIMER DEBATE del Proyecto de Ordenanza de la Urbanización “San Rafael”, un proyecto de edificaciones que busca asentarse en el barrio San Rafael, de la parroquia Eloy Alfaro, dio como resultado un empate en su votación, por parte de los concejales y el Dr. Patricio Sánchez, Alcalde del GAD Municipal del cantón Latacunga, debiendo dar el voto dirimente el burgomaestre, mismo que fue en contra.

Previo a la votación, durante el debate esgrimieron algunos aspectos, como el hecho de haber contratado una consultoría y que la misma no ha dejado en claro ni definido las áreas de afectación el caso de una posible erupción del volcán Cotopaxi.

Quienes votaron en contra se sustentaron que no existe una normativa para determinar las zonas de riesgo y mitigación, más bien cuenta con una serie de observaciones como el hecho de contar con las zonas de amenazas entre otros.

Y al no tener el cDSC_0150ódigo urbano, se sustentó que no se está en la posibilidad de dar el trámite para la Urbanización San Rafael, así indicó la concejala Gladys Vaca, miembro de la comisión de Obras Públicas.

Rafaela Holguín por su parte cuestionó a la consultora quienes hicieron la entrega de un documento de más de 600 hojas, con un trabajo que la municipalidad contrató por alrededor de 140 mil dólares y sin embargo  no han dado ninguna solución al problema presentado, porque allí se esperaba conocer donde se puede asentar una zona industrial, zona rosa, entre otros aspectos fundamentales para el desarrollo urbanístico de la ciudad.

Esta resolución del Concejo Municipal se basó en el Código Orgánico de Organización Territorial (COOTAD) Art. 140 del Ejercicio de la competencia de Gestión de Riesgos, donde se establece que “Los gobiernos autónomos descentralizados municipales, adoptarán obligatoriamente normas técnicas para la prevención y gestión de riesgos en sus territorios, con el propósito de proteger las personas, colectividades y la naturaleza, en sus procesos de ordenamiento territorial”.

Tomando en cuenta que los asentamientos de las construcciones no pueden realizarse en zonas de riesgo, la ubicación de esta urbanización, tienen criterios divididos, pues; algunos concejales consideran que esta zona no tiene posibilidades de mitigación, y otros (quienes votaron a favor del proyecto) mencionaron que es un sitio que no presenta secuelas de afecciones provocadas por las erupciones del Volcán Cotopaxi.

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