ORGANIZACIONES DEL AGUA EN ECUADOR CUENTAN CON RUC COMUNITARIO PARA AGILIZAR SUS TRÁMITES TRIBUTARIOS

Como resultado de un trabajo interinstitucional coordinado entre la Secretaría del Agua (Senagua) y el Servicio de Rentas Internas (SRI), se emitieron las normas para la aplicación del régimen simplificado tributario para las organizaciones comunitarias del agua y las entidades del sistema popular y solidario. La resolución crea un RUC comunitario que sienta las bases para el desarrollo de un régimen comunitario del agua en Ecuador a fin de establecer un marco administrativo y tributario acorde a las especificidades del sector.

Este RUC ampara a todas las organizaciones que integran los sistemas comunitarios de gestión del agua, a las juntas de agua potable y/o saneamiento, juntas de riego y/o drenaje, y, a otras formas comunitarias titulares de derechos colectivos que prestan tales servicios públicos, conforme lo dispuesto en la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua.

Entre los beneficios que brinda este marco legal está la no obligación de llevar contabilidad, sino únicamente registros contables simplificados; la posibilidad de emitir una sola factura en la que se consoliden los servicios básicos gravados con tarifa 0% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) prestados en un año; la no obligación de emitir comprobantes de retención; la no presentación de anexos transaccionales; la no presentación del anexo de socios y accionistas; y, la posibilidad de realizar declaraciones del IVA de manera semestral.

Se estima que en el país existen 10.000 organizaciones comunitarias que gestionan servicios de agua, de consumo humano y saneamiento, y de riego y drenaje. Estas se ubican en todo el territorio nacional, no tienen fines de lucro y se constituyen con el fin de abastecer del servicio de agua de consumo a zonas rurales y periurbanas. Su objetivo fundamental es gestionar la prestación de un servicio público que garantice el bienestar de la comunidad; por ello, los criterios de equidad y solidaridad están siempre presentes.

La normativa interna establece la existencia de un régimen simplificado para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y deberes formales de conformidad con la ley. Es así que tras tres años de gestiones entre Senagua y SRI, con la publicación de la resolución que establece la creación del RUC comunitario, se formaliza el marco para el desarrollo de un régimen comunitario del agua en Ecuador.

Con el RUC comunitario, el Gobierno de Todos, impulsa las bases para el desarrollo de un régimen comunitario del agua en nuestro país, afianzando su compromiso con los sectores rurales, históricamente desatendidos, brindándoles las condiciones necesarias para su inclusión en equidad y reconociendo sus dinámicas propias en respeto de sus particularidades.

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