COE CANTONAL DE SALCEDO TOMA RESOLUCIONES QUE ENTRARÁN EN VIGENCIA ESTE 6 DE MAYO.
El COE cantonal de Salcedo en sesión realizada este lunes 4 de mayo resuelve:
1.- Respetar todas las disposiciones emanadas por el COE NACIONAL conforme consta en el color rojo del Semáforo en el cual se encuentra en la actualidad el Cantón Salcedo.
2.- Fortalecer el control vehicular de acuerdo a las restricciones del último dígito de la placa a través de operativos conjuntos entre la Policia Nacional y la Empresa Pública de Movilidad de Tránsito de Cotopaxi.
3.- No se permitirá el comercio informal; todas las ventas en garajes o portones están prohibidas.
Los centros de negocios deben contar con todos los documentos en regla caso contrario serán clausuradas conjuntamente con la Comisaría Nacional, Policía Nacional, Jefatura Política, Fuerzas Armadas y Comisaria Municipal.
Los negocios que expendan productos de primera necesidad podrán atender en lo posible a domicilio a través de servíos online.
4.- El Mercado La Tebaida atenderá de lunes a domingo de 7:00 a 13:00.
5.- Los comerciantes que se encuentran ubicados en portones podrán vender en La Tebaida.
6.- Previo a un diálogo con el Alcalde, presidente del COE CANTONAL, las instituciones financieras seguirán atendiendo de la misma manera para el pago del bono, es decir según el último dígito de cédula del beneficiario; pero para el resto de ciudadanos que tengan que realizar retiros, depósitos u otras transacciones, la atención será tomando el cuenta el último dígito de la cédula, de la siguiente manera :
lunes 1 y 2, martes 3 y 4, miércoles 5 y 6, jueves 7 y 8 y viernes 9 y 0, los sábados y domingos no habrá atención.
7.- Se autoriza al GAD MUNICIPAL adquirir kits de alimentos para personas vulnerables de todo el Cantón, de acuerdo a la ficha que emita el Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias.
8.- El Centro de Faenamiento Municipal atenderá los días lunes, miércoles y viernes en horario de 06:00 a 13:00 únicamente a introductores de Salcedo, y no se permitirá el ingreso de carne faenada en otros lugares.
9.- Estas resoluciones rigen a partir del día miércoles 6 de mayo a las 00H00.
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